Las empresas consignatarias y estibadoras de Bilbao critican las sanciones de la ley General Tributaria

La junta directiva de la patronal de empresas consignatarias y estibadoras del puerto de Bilbao (ACBE) considera “desproporcionados” los criterios sancionadores previstos en la modificación de la Ley General Tributaria. La asociación criticó este miércoles en su reunión los preceptos aplicables a las consignatarias por la presentación fuera de plazo de declaraciones y documentos relacionados con las formalidades aduaneras así como por la comisión de errores menores involuntarios.
Este cambio normativo, que afecta también a diversas leyes (Sociedades, IRPF, Sucesiones, Patrimonio, LIVA, etc.), se inspira en el Anteproyecto de Ley de Prevención de Fraude Fiscal, consecuencia de la transposición de dos directivas de la UE que está tramitando el ministerio de Hacienda.
Las modificaciones propuestas se refieren a los artículos 198.4 y 199.7 de la ley General Tributaria. En el primero se establece que la sanción por no presentar en el plazo establecido declaraciones y documentos consistirá en multa pecuniaria proporcional del 1 por 1.000 del valor de las mercancías, con un mínimo de 600 euros y un máximo de 6.000 euros. En el segundo se plantean sanciones similares en las declaraciones incompletas, inexactas o con datos falsos.
Estas modificaciones, que ya han motivado quejas por parte del Consejo General de Agentes de Aduanas y Feteia, también han suscitado alarma en las empresas estibadoras. Temen que, dado que deben tener la condición de ADT y cumplir determinadas obligaciones ante la aduana, puedan ser objeto de sanciones económicas al amparo de estos preceptos.