5 de junio de 2023 | Actualizado 14:08

La diputación permanente del Congreso convalida el real decreto de la estiba

El texto ha contado con el apoyo de todos los grupos parlamentarios a excepción del PP, que ha votado en contra, y de Ciudadanos, que se ha abstenido
Mesa de la diputación permanente del Congreso de los Diputados celebrada el día 3 de abril de 2019 | Congreso de los Diputados

La reforma de la estiba se ha convalidado en la diputación permanente del Congreso de los Diputados, como habían demandado tanto los sindicatos del sector como la patronal y también Puertos del Estado. Sin embargo, no ha obtenido el consenso que se esperaba. Se ha aprobado con 33 votos a favor (PSOE, Unidos Podemos, PDeCat, ERC, PNV, Bildu y Compromís), 25 en contra del PP y siete abstenciones de Ciudadanos.

De esta forma, el Real Decreto-Ley 9/2019 por el que se modifica la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal, para su adaptación a la actividad de la estiba portuaria ya ha recibido luz verde y se concluye así la adaptación legal del régimen de los trabajadores para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías. Este nuevo decreto da respuesta a la proposición no de ley aprobada por unanimidad en el Congreso de los Diputados el pasado 20 de febrero.

El ministro de Fomento, José Luis Ábalos, ha justificado la aprobación de este real decreto en el que, tras la experiencia acumulada en los dos años de aplicación del aprobado real decreto-ley 8/2017, se adoptan nuevas normas con el objeto de “tener un mercado abierto con libertad de contratación de trabajadores profesionales, un personal bien formado y eficiente para tener puertos competitivos capaces de competir internacionalmente y todo ello, respetando los derechos de los trabajadores y la estabilidad en el empleo”.

El anterior decreto-ley modificó el régimen de funcionamiento de la estiba, estableciendo la libertad de contratación para la prestación de este servicio, asimismo, estableció un régimen transitorio de tres años que permitiera la evolución de estas sociedades de una forma gradual, plazo que acaba en mayo de 2020. De esta forma, creó la figura de los Centros portuarios de empleo como empresas de trabajo temporal (ETT) especializadas en el sector de la estiba y se constituirán como la evolución natural de las anteriores sociedades de estiba (las denominadas Sagep). 

Además, estableció como principal sistema de acceso a la profesión de estibador el certificado de profesionalidad que determina la capacitación para el desarrollo de esta actividad laboral, añadiendo la realización de unas prácticas profesionales no laborales en instalaciones portuarias. No obstante, el Gobierno anterior inició la tramitación de un real decreto que no llegó a culminarse.

“Este Gobierno ha trabajado para culminar el proceso lo antes posible para dotar a la estiba de la seguridad jurídica necesaria”
José Luis Ábalos Ministro de Fomento

De este modo, “este Gobierno ha trabajado para culminar el proceso lo antes posible para dotar al sector de la seguridad jurídica necesaria”, ha declarado el ministro de Fomento. En consecuencia, “podemos dar certidumbre a un sector clave para la economía española tras un proceso que lleva más de cinco años abierto”. El nuevo real decreto-ley dispone una habilitación legal para que un convenio colectivo establezca la subrogación obligatoria de los trabajadores procedente de las anteriores sociedades de estiba (Sagep), “en caso de separación de socios y transformación o solución en centros portuarios de empleo, o con la necesidad de adaptación de los convenios colectivos al nuevo marco legal”. 

Con este fin, se recoge una modificación de la ley de las ETT, para establecer las especificidades de los centros portuarios de empleo y del resto de ETT que desarrollen parte de su actividad en el sector de la estiba. Con esta medida, el principal objetivo es “mejorar su eficacia, teniendo en cuenta las singularidades de este sector, y en el caso concreto de los centros portuarios de empleo, para establecer el requisito de que sus propietarios deban tener la licencia de empresa estibadora”, de modo que “se garantice la vinculación del propietario con la actividad que se realiza y con ello el máximo nivel de profesionalidad”, ha indicado José Luis Ábalos.

También se actualiza el Real Decreto-Ley 8/2017 para permitir el uso del contrato de aprendizaje para la formación de estibadores, “facilitando así el acceso a la profesión y aumentando su calidad”. De esta forma, los alumnos que estén cursando el certificado de profesionalidad “podrán beneficiarse de contar con un contrato laboral mientras desarrolla las practicas”.

LAS POSTURAS DE LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS
El grupo parlamentario socialista, a través de Rafael Simancas, ha defendido que la estiba “es un sector estratégico, debido a que por los puertos pasan el 71% de nuestras importaciones 61% de las exportaciones”. Por ello, “este sector requiere paz social, seguridad jurídica, eficiencia para su funcionamiento y no juegos de corto plazo a las puertas de una campaña electoral”. Simancas ha recordado que “llevamos un conflicto jurídico, laboral y social en la estiba portuaria de cinco años y no nos permitimos continuar más tiempo”. El representante socialista ha manifestado que “la incertidumbre e inseguridad jurídica disuaden a los agentes económicos y hace desviarse los tráficos hacia puertos que son competidores”.

“La estiba requiere paz social, seguridad jurídica, eficiencia y no juegos de corto plazo a las puertos de una campaña electoral”
Rafael Simancas Diputado del PSOE

En el otro extremo se ha situado el grupo parlamentario popular. Miguel Barrachina (PP) ha alertado de que el nuevo real decreto concentra en los centros portuarios de empleo “formación y contratación” por lo que “cabe el riesgo de que la Unión Europea nos abra otro procedimiento infractor”. Barrachina ha lamentado que “en todo el decreto no hay ni una sola línea, es más hay sólo derogaciones de aquel acuerdo de sindicatos y empresarios que hablaba de flexibilidad, productividad y modificaciones en las reglas del trabajo para ser más productivos”. 

“Cabe el riesgo de que la Unión Europea nos abra otro procedimiento infractor” por concentrar formación y contratación
Miguel Barrachina Diputado del PP

También el representante parlamentario de Ciudadanos en la votación del real decreto sobre la estiba en la diputación permanente, Miguel Ángel Gutiérrez, se ha mostrado crítico con el proceder del Gobierno para justificar la abstención de su partido. Este real decreto ley “no ha contado con la opinión previa del sector de las empresas de trabajo temporal, que es un sujeto potencialmente afectado por esta ley”. Asimismo, “tampoco lo han remitido a la CEOE ni ha sido objeto de consulta pública, se ha obviado el trámite de información previa al Consejo General de Empleo”, ha explicado Gutiérrez. A pesar de reconocer que las medidas planteadas son “positivas” para el sector de la estiba, el diputado de Ciudadanos ha incidido en que “no están de acuerdo con las formas del procedimiento”, por lo que, su partido ha decidido decantarse por la abstención.

Este real decreto “no ha contado con la opinión previa de las empresas de trabajo temporal, que es un sujeto potencialmente afectado”
Miguel Ángel Gutiérrez Diputado de Ciudadanos

Por su parte, el PNV ha expresado también algunas dudas. Mikel Uriarte ha explicado que ahora surgirán unas ETT específicas para trabajar en el puerto y la manipulación de mercancías, “no sé si realmente puede tener obstáculos de la Unión Europea, en la medida que el anterior tuvo obstáculos y fue retirado por el anterior Ejecutivo”. En todo caso, “si hay un acuerdo entre las partes implicadas, en principio podríamos estar de acuerdo con la prevención de la subrogación y las funciones de estas funciones de las empresas de las ETT”.

Carles Campuzano (PDCat) se ha referido al real decreto como la culminación de”la regulación que se aprobó hace unos cuantos años”. El anterior decreto-ley “permitía liberalizar la estiba cumpliendo con los mandatos de la Unión Europea en un contexto de un expediente sancionador abierto”. Sin embargo, ha continuado Campuzano, éste “resuelve algunas cuestiones como la adaptación de las ETT a las necesidades de la estiba o el refuerzo de la cuestión de la subrogación de los trabajadores de los estibadores”.