Puertos del Estado elabora un modelo de pliego para el servicio de recepción de deshechos

Los representantes de la junta directiva de la Asociación ANAM, que agrupa a las empresas que centran su actividad en la recogida y gestión de los residuos generados por los buques (MARPOL), han mantenido un encuentro con el presidente de Puertos del Estado, Salvador de la Encina. En el transcurso del mismo, apunta el organismo portuario, de la Encina ha informado a los representantes de ANAM que Puertos del Estado ha elaborado una guía y un modelo de Pliego de Prescripciones Particulares del servicio portuario de recepción de deshechos generados por los buques y residuos de carga. El objetivo del mismo, ha subrayado Puertos del Estado, es servir de referencia y ayuda a las autoridades portuarias para la preparación de las prescripciones particulares de este servicio en sus correspondientes puertos.
ANAM ha planteado la cuestión relativa a las tarifas que abonan las autoridades portuarias a los prestadores del mencionado servicio y ha trasladado su preocupación sobre la repercusión en los costes de los residuos peligrosos, ya que su gestión implica un incremento sobre el resto, afirma Puertos del Estado. En este sentido, el organismo portuario estatal ha indicado que cada autoridad portuaria deberá analizar al establecer las tarifas qué repercusión tiene y determinar éstas de modo que se evite crear perjuicios a las autoridades portuarias o a los prestadores. No obstante, apunta el organismo portuario, cada autoridad portuaria calcula la estructura tarifaria que considere oportuna, y Puertos del Estado no ha recomendado ninguna estructura de este tipo determinada.
Cada autoridad portuaria calculará la estructura tarifaria que considere oportuna para el servicio de recepción de deshechos
De la Encina ha recordado que las tarifas que abonan al prestador las autoridades portuarias y su estructura es un concepto que es totalmente diferenciado del criterio de actualización de las tarifas, subraya Puertos del Estado. La actualización debe incluirse en el Pliego de Prescripciones Particulares. El pliego modelo realizado por el organismo portuario incluye la actualización por variación de unos índices de referencia que afectan al coste del servicio y una estructura de tarifas que permite la actualización en función del volumen de deshechos realmente descargados el año anterior. Esta forma de actualización, destaca Puertos del Estado, afecta a la totalidad de prestadores y no hace diferencia entre las tarifas a abonar a los mismos por el volumen que hayan gestionado el año anterior, sino que establece el importe de las tarifas a abonar que se aplica por igual a todos los prestadores.
En el encuentro también se ha analizado el potencial problema que los ‘scrubbers’ de ciclo abierto pueden generar. En este sentido, Puertos del Estado ha informado que tanto a escala nacional como internacional (Unión Europea y OMI) se está trabajando para determinar las condiciones de uso de los ‘scrubbers’ de ciclo abierto y garantizar al mismo tiempo que el vertido no pone en riesgo la consecución de los objetivos de calidad establecidos para la masa de agua portuaria, ni implica incumplimiento sobre control de vertido de sustancias prioritarias. El organismo portuario ha destacado que las condiciones de operación y los criterios de inspección de dichos sistemas están regulados por diversa normativa. La regulación actual establece que el operador del buque demuestre que la descarga de agua de lavado no tiene repercusiones negativas significativas ni presenta riesgos para la salud humana o el medio ambiente.