La reducción de tasas portuarias ahorrará a las empresas 100 millones de euros

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo en el contexto del coronavirus. El mismo contiene un documento elaborado por Puertos del Estado con medidas de apoyo económico a las empresas del sector marítimo, entre las que se encuentran la reducción de tasas portuarias prevista desde hace varias semanas. El presidente del ente gestor de los puertos, Francisco Toledo, ha subrayado que el ahorro “de costes para las empresas portuarias de más de 100 millones de euros y la inyección de liquidez con los aplazamientos de pago tienen como objetivos evitar la destrucción de tejido logístico y de su empleo, e incrementar la competitividad de nuestros puertos en esta difícil coyuntura”.
Las disposiciones aprobadas incidirán positivamente sobre las empresas que deben abonar pagos a las autoridades portuarias por los tráficos mínimos, la ocupación, la actividad, el buque, las deudas tributarias y las terminales de pasajeros, entre otros conceptos, ha destacado Puertos del Estado. Francisco Toledo ha resaltado que pretenden “que la aplicación de las reducciones de tasas sea proporcionada al impacto negativo que sufran las distintas actividades, de modo que esta potente herramienta que acabamos de aprobar sea lo más justa y ágil para nuestros puertos”.
La reducción de tasas será proporcional al impacto negativo que sufran las distintas actividades portuarias
Estas medidas han nacido de la profunda revisión de los ingresos del sistema portuario estatal derivados de la actividad empresarial marítima a fin de ayudar al sector a superar la crisis económica que conlleva la pandemia del Covid-19, ha indicado Puertos del Estado. El organismo público ha monitorizado diariamente los efectos del virus sobre la economía mundial y la incidencia en las actividades portuarias españolas. En este sentido, ha destacado el ente gestor, se han detectado pérdidas de actividad tanto en tráficos de mercancías como de pasajeros, y estas últimas han llegado hasta el 95%.
PRINCIPALES MEDIDAS DE REDUCCIÓN DE TASAS PORTUARIAS
Las autoridades portuarias podrán reducir motivadamente los tráficos mínimos y el nivel de actividad mínima exigidos para el año 2020, evitando así las penalizaciones por incumplimiento de esos mínimos. Con estas medidas se evitarán penalizaciones económicas por este incumplimiento que no es imputable a las empresas sino consecuencia de la crisis sanitaria.
Esta medida es la que tiene mayor repercusión económica, pudiendo alcanzar un máximo de 84 millones de euros correspondiente al presente año 2020 para el conjunto del sistema portuario. Se diferencian estaciones o terminales de pasajeros del resto, a fin de poderles ampliar la reducción de la tasa de ocupación hasta el 60%, mientras que para el resto de concesiones el máximo será del 20%, teniendo en cuenta el enorme impacto que han tenido en los tráficos de pasajeros las medidas de restricción de la movilidad y la suspensión por decreto-ley de servicios regulares.
Esta medida va dirigida a los armadores y navieros que concurren en el puerto y que están siendo seriamente afectados por la crisis del Covid-19. Se exime del pago de la tasa del buque a todos aquellos buques que se han visto obligados a atracar o fondear en un puerto como consecuencia de una orden de la autoridad competente. Además, aún no dándose esa orden, si se viese en la necesidad de atracar en un puerto derivando en una estancia prolongada se le aplica una reducción en la tasa desde el primer día de su atraque que puede llegar al 30% en la primera semana. Este último caso ocurre en particular con cruceros que han quedado inactivos y requieren una larga estadía en algún puerto hasta volver a ser operativos. También se aplica una reducción de la tasa a los buques que prestan servicios portuarios.
Por último se contempla la aplicación del 10% de reducción de la cuantía básica durante el tiempo que esté en vigor el estado de alarma de todos aquellos buques relacionados con el transporte marítimo de corta distancia. Cuando se trate de servicio marítimo regular de pasaje o carga rodada, esta reducción será del 50%.
Las autoridades portuarias podrán conceder aplazamientos de pago de hasta seis meses en las liquidaciones de las tasas portuarias, sin que se devenguen por ello intereses de demora ni se exijan garantías adicionales.
Dado que las reducciones a la tasa de ocupación que se disponen en el decreto del Gobierno pueden llegar al 60% en el caso de las estaciones o terminales marítimas, para que ello no produzca un desequilibrio económico en autoridades portuarias que dependen en gran medida de sus flujos de pasajeros, se establece que el Fondo de Compensación Interportuario pueda compensar a aquellas autoridades portuarias en las condiciones citadas, ya sea en el presente ejercicio o en el de 2021.