El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anula las Zonas de Bajas Emisiones en la capital

La sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado diversos preceptos de la ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid. Concretamente, ha tumbado aquellos relativos a la aprobación de la denominada Zona de Bajas Emisiones y las que establecen las dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección de “Distrito Centro” y “Plaza Elíptica”. Recordemos que la regulación plena estaba prevista que entrara en vigor el próximo 1 de enero. La anulación se debe a que consideran que se da una “patente insuficiencia del informe de impacto económico de las medidas adoptadas en la ordenanza, que exigían la toma en consideración de sus consecuencias económicas, para poder efectuar una ponderación adecuada del balance de beneficios y costes y de la posibilidad de adoptar medidas menos restrictivas de efecto equivalente, o que pudieran producir un efecto discriminatorio para los colectivos más vulnerables económicamente”.
La sentencia incide en que las medidas restrictivas afectan a las personas de menos capacidad económica
En concreto, la sentencia incide en el hecho de que las medidas restrictivas adoptadas por la normativa municipal afectan a las personas de menos capacidad económica, que se ven impedidas en sus posibilidades de acceder a nuevos vehículos que cumplan con las exigencias ambientales, por lo que no se cumple con el “principio de transición justa”, es decir, con la necesidad de establecer planes genéricos y medidas concretas que consideren las situaciones de vulnerabilidad de estos colectivos. Del mismo modo, la sentencia alude a la afectación de las medidas a miles de vehículos profesionales, con repercusión directa en las condiciones de la competencia y del mercado. Considera de singular importancia que se hubiera tenido en cuenta la situación de los colectivos empresariales de menor capacidad económica para la renovación del vehículo, como son los autónomos, microempresas o pymes, pero destaca que los informes previos a la aprobación de la ordenanza tampoco hacen referencia alguna a esta cuestión.
Desde la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) ya denunciaron esta situación y aseguraban que tendría “un gravísimo impacto que en el sector del transporte y distribución de mercancías”. También han añadido ahora tras la sentencia del tribunal que hay que tener en cuenta el elevado porcentaje de transportistas próximos a la edad de la jubilación (más de la mitad tienen una edad superior a los 50 años), ya que esto les imposibilita en la práctica que puedan afrontar un proceso de renovación de su flota de transporte. “Por su limitación financiera y la imposibilidad de amortizar el vehículo adquirido, es imposible que puedan afrontar el proceso de adquisición de un nuevo vehículo, por lo que la práctica de implantarse la ampliación de la Zona de Baja de Emisiones un alto porcentaje de los transportistas que en la actualidad operan en la ciudad de Madrid se verán expulsados del sector, con el consiguiente grave problema de índole social”, han destacado desde la federación transportista.
Fenadismer señala que con la ZBE un alto porcentaje de los transportistas se verán expulsados del sector
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha concluido que la aprobación de la ordenanza no se atuvo a los criterios del Tribunal Supremo, que establecen la exigencia de respetar el principio de proporcionalidad en materia ambiental, es decir, de “ponderar en cada caso si las medidas restrictivas son necesarias y proporcionales”. Además, sostiene la justicia madrileña, no se tuvieron en cuenta “importantes consecuencias en el terreno de la economía de un importante sector de la población, el de menos capacidad económica, el más vulnerable frente a las medidas restrictivas; ni la incidencia en la actividad de las empresas, singularmente en las más pequeñas de las que operan en el mercado”. A este respecto, desde Fenadismer alegan que, aunque cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, confían en que el Ayuntamiento de Madrid suspenda cautelarmente su entrada en vigor y se siente con las organizaciones representativas del sector “para el establecimiento de medidas que sean realistas para contribuir desde el sector del transporte a la mejora del medioambiente en la ciudad de Madrid”.






