Transportes abre un nuevo plazo para solicitar las subvenciones por locomotora

El ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha abierto un nuevo plazo para que las operadoras ferroviarias soliciten ayudas directas de hasta 15.000 euros por locomotora diésel que les ayuden a compensar el impacto persistente de los costes energéticos en su operativa por el efecto de la crisis del cierre del estrecho de Ormuz. La solicitud de estas nuevas ayudas está abierta hasta el 11 de agosto.
La línea de ayudas directas extiende las establecidas durante el mes de mayo
El importe de la ayuda por empresa se determinará atendiendo al número de locomotoras de tracción diésel explotadas por cada beneficiario. Esta nueva línea de ayudas directas extiende las establecidas por el Real Decreto-ley 9/2026, que otorgó ayudas durante el mes de mayo y que, a su vez, había reforzado las medidas aprobadas en el Real Decreto-ley 7/2026, del 20 de marzo, donde no se había incluido al transporte ferroviario.
Las ayudas provienen del Real Decreto-ley 18/2026, del 29 de junio, que adopta determinadas medidas en el marco del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, para establecer una línea adicional de ayudas directas destinada a compensar el impacto persistente de los costes energéticos sobre las empresas operadoras ferroviarias. “De esta forma, se evita el efecto expulsión de este modo de transporte, lo que podría comprometer los objetivos de sostenibilidad y eficiencia del sistema logístico”, asegura el ministerio.
España ya ha realizado la notificación para recibir la autorización de la Comisión Europea
La nueva línea de ayudas directas consiste, como la anterior, en la concesión de apoyo financiero a empresas cuya actividad se encuadre en el transporte de mercancías por ferrocarril. Deberán contar con licencia de empresa ferroviaria y alguna locomotora con tracción diésel en calidad de poseedores, inscrita en el Registro Europeo de Vehículos y en estado activa.
La Comisión Europea aprobó el 29 de abril un marco temporal de ayuda en respuesta a la crisis en Oriente Medio que permite a los Estados conceder ayudas a las empresas que prestan servicios de transporte por ferrocarril y por carretera, siempre y cuando cumplan alguno de los límites siguientes: que la ayuda cubra hasta el 70% de los costes extraordinarios de los combustibles, o que el importe nominal total de la ayuda concedida no supere los 50.000 euros.
España ya ha realizado la notificación para recibir la autorización de la Comisión Europea, y está aún pendiente de la decisión. Las empresas beneficiarias de las ayudas tendrán que presentar una declaración responsable en la que elijan el límite de 50.000 euros o el límite del 70% del sobrecoste y poder así sobrepasar los 50.000 euros por empresa. “Con estas ayudas se compensa parcialmente el incremento del precio del combustible, que había elevado los costes de explotación, con el fin de garantizar la viabilidad económica del sector del transporte ferroviario”, explica la cartera de Transportes.



